Causa “Revelación”: Conde impugnó la probation dictada a favor de los empresarios
La presentación la realizó a fines de junio en contra de la resolución dictada por el juez Piñeda que vino a homologar el acuerdo celebrado entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa de los 15 empresarios alcanzados por la investigación penal por el delito de cohecho.
La causa “Revelación” es por el presunto pago de coimas por parte de empresarios a funcionarios públicos de la gestión dasnevista para el acceso a la obra pública.
“La definición a la que accede el Tribunal implica liberar de toda responsabilidad penal a los sujetos imputados en la medida en la que cumplan determinadas pautas de carácter comunitario como es, por ejemplo, la realización de alguna obra pública de menor cuantía”, explica el abogado comodorense, Eduardo Conde.
La postura del diputado provincial y querellante en la causa alude a resistir enérgicamente la aplicación de la probation en cuanto considera que, en ningún caso se trate de funcionarios públicos o particulares, el instituto puede ser utilizado en las causas vinculadas con los delitos de corrupción.
“El ordenamiento nacional y supranacional en la materia establece claramente pautas alusivas a combatir enérgicamente la corrupción sin generar escenarios de excepción de ninguna naturaleza. De modo que la decisión que se adopte en este caso particular, violenta el marco jurídico de aplicación y constituye una decisión de carácter inconstitucional. En consecuencia, luego de interpuesto el recurso, aguardaremos las actuaciones que se vinculan con la participación del Superior Tribunal de Justicia quien a la postre ha venido rechazando el planteo que vengo formulando con anterioridad”, señaló.
Remarcó el legislador que “se trata del camino que inexorablemente debemos recorrer para llegar a la Corte Nacional. Esperamos un pronunciamiento del Alto Tribunal del país que verdaderamente ordene esta situación y disponga la concurrencia a juicio oral y público de todos los sujetos imputados en la causa, cualquiera sea el carácter de la participación: empresarios, funcionarios públicos en calidad de autores, coautores, partícipes necesarios, partícipes secundarios. En definitiva, todos cuanta responsabilidad se vincule con la actuación de aquellas conductas serán objeto de investigación y tratamiento penal hasta tanto se arribe a una sentencia condenatoria”.
Fuente: Diario Crónica (Comodoro Rivadavia)
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