PPP en Jurisdicción extranjera
PPP: el Gobierno confirmó la prórroga de la jurisdicción.
No afectará a las reservas del BCRA.
El Gobierno concluyó el proceso para crear el fideicomiso para el financiamiento de las obras que se realizarán por el sistema de participación público privada (PPP). El fondo fiduciario, que se instrumentará en una cuenta del Banco Nación, tiene como fin canalizar los fondos captados del mercado financiero nacional e internacional, con el fin de ofrecer facilidades crediticias a contratistas que ganaron las licitaciones.
El decreto 1039/2018 publicado en el Boletín Oficial, es un reglamenta el artículo 60 de la ley 27.431 «estableciendo que el fideicomiso tendrá por objeto tomar préstamos o asumir cualquier otro tipo de financiamiento para la ejecución de los contratos», informó el Ministerio de Transporte.
En el decreto, el gobierno cede la jurisdicción nacional a favor de tribunales extranjeros en caso de una controversia judicial por la ejecución de los contratos.
Por el artículo 3 del decreto, el gobierno aprueba la inclusión de «cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales arbitrales extranjeros con sede en un Estado que sea parte en la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958), en los casos que el o los beneficiarios de éstos sean residentes en el exterior».
El gobierno deja a salvo las reservas del Banco Central, y otros bienes y servicios del Estado Nacional en el país o en el extranjero, poniéndose a resguardo de cualquier pedido de embargo.
Fuente: baenegocios
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