La Corte Suprema adoptará un nuevo sistema de redeterminación de precios en obra pública
Los cambios buscan “garantizar una mayor eficiencia y transparencia” en la gestión de la Corte, y están en línea “con el proceso de modernización y reformas que viene llevando adelante en los procedimientos de contrataciones públicas”, indicó el máximo tribunal.
La Corte Suprema de Justicia adoptará dentro de su ámbito una serie de cambios en el régimen de redeterminación de precios de obra pública, aplicando, donde resulte pertinente, el nuevo sistema adoptado por el Poder Ejecutivo el año pasado a través del Decreto 490/2023.
La medida fue publicada este viernes en el Boletín Oficial en la Resolución 262/2024.
Los cambios buscan “garantizar una mayor eficiencia y transparencia” en la gestión de la Corte, y están en línea “con el proceso de modernización y reformas que viene llevando adelante en los procedimientos de contrataciones públicas”, indicó el máximo tribunal en un comunicado.
En la documentación licitatoria de las contrataciones de obra pública, la Corte incluirá, donde “resulte pertinente”, la aplicación del Decreto 490/2023 del Poder Ejecutivo que fijó un nuevo sistema de redeterminación de precios de contratos dentro de su ámbito.
La Corte destacó que “con el objeto de garantizar el cumplimiento regular de los planes de trabajo de las contrataciones de obra pública que lleva adelante el Tribunal, resulta indispensable adherir” a lo dispuesto por dicha norma del Ejecutivo “de modo de otorgar mayor certeza y transparencia” tanto para el tribunal como para las empresas contratistas.
Los cambios incluyen modificaciones en la composición y funciones de la Unidad de Redeterminación de Precios de Obras Públicas, creada en 2016, la cual es el órgano técnico asesor en esa materia.
Dicha unidad tiene entre sus funciones el seguimiento integral y de control de la aplicación y del procedimiento, y estará compuesta por un profesional especialista en redeterminación de precios y un miembro -titular y un suplente- graduado en arquitectura o ingeniería civil, perteneciente a la Subdirección de Infraestructura del tribunal, y un graduado en ciencias económicas, perteneciente a la Dirección de Administración de la Corte.
Por último, la Corte resolvió que los pliegos de bases y condiciones deberán consignar, entre otros requisitos, la obligación de los oferentes de presentar, junto con la oferta, el presupuesto desagregado por cada ítem con sus cantidades, precios e incidencia en el precio total, así como el análisis o estructura de costos de cada ítem y los precios de referencia de cada insumo, bajo apercibimiento de descalificación.
Fuente: https://www.telam.com.ar/
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