Desde el lunes 4, el Gobierno de Santiago del Estero autoriza más actividades como la obra privada

Las nuevas actividades y servicios quedan autorizados a funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos por la emergencia sanitaria.

Por decisión del gobernador Zamora y a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se resolvió liberar una nueva serie de actividades y servicios en el marco de la cuarentena administrada dispuesta para combatir la pandemia del coronavirus.

Entre ellas se encuentran la obra privada, las peluquerías, agencias de tómbola, producción de ladrillos y el trabajo deabogados con atención presencial.

La resolución 1051 que lleva la firma del jefe de Gabinete, Elías Suárez, consigna que a partir de este lunes 4 habrá nuevas actividades exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular para los empleados que en ellas se desempeñen.

Y detalla a continuación:

1) La obra privada, conforme al protocolo aprobado para la obra pública, con los mismos días y horarios (de lunes a viernes de 6.30 a 18).

2) Peluquerías de lunes a viernes de 14 a 19, con turnos acordados con antelación, no más de 2 por hora.

3) Agencias de tómbola, de forma presencial, de lunes a viernes de 8 a 13, respetando el protocolo aprobado por la Caja Social.

4) Producción de ladrillos, en idénticas condiciones, días y horarios que la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

5) Abogados: atención presencial, dos días por semana de 17 a 19, con turnos previos de 2 personas por hora.

En el articulado de la resolución, se remarca que las actividades y servicios detallados quedan autorizados a funcionar, sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos por la emergencia sanitaria y en base a las recomendaciones e instrucciones que para dicha actividad se impongan.

Además, las personas que desarrollen sus trabajos en las actividades antes nombradas, deberán cumplir los recaudos de higiene correspondientes.

En los considerandos de la resolución se cita que el “decreto emitido por el Poder Ejecutivo Nacional Nº408/20 establece que las provincias podrán decidir excepciones al cumplimiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y a la prohibición de circular, respecto del personal afectado a determinadas actividades y servicios con el requisito que exista una evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto del riesgo socio-sanitario».

También que el Artículo 4º del Decreto Nº 592/2020 dispone facultar a la Jefatura de Gabinete de Ministros a determinas excepciones del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular, al trabajador y/o personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas en función de la dinámica de la situación epidemiológica y de la eficacia que se observe en el cumplimiento de la medida de aislamiento.

Además, rescata que el Ministerio de Salud, mediante una comisión de especialistas, ha intervenido como órgano de evaluación para garantizar la bioseguridad de las personas, dejando establecido una serie de condiciones básicas y expresas a cumplir para el desarrollo de determinadas actividades como ser: a) implementaciones de medidas de protección sanitarias según la naturaleza de cada actividad como uso de barbijos o tapa boca y nariz, guantes, lavados de mano con agua y jabón, uso de alcohol en gel y cualquier otra medida de bioseguridad que sea indicada en lo sucesivo por el ministerio; b) asegurar el distanciamiento social y/o actividad indicando estrategias de atención como por ejemplo turnos preacordados; c) también disponer de infraestructura que asegure condiciones de distancia sanitaria.

Permisos para circular

Como se recordará, las autorizaciones para transitar, se realizan a través de la página www.circulando .sde.gob.ar para todas las personas y entidades que están encuadradas en estas actividades, las que serán siempre con horarios determinados.

Barbijos

También se recuerda la obligatoriedad del uso del barbijo (casero o tapa nariz y boca) para quienes transitan la vía pública o permanezcan en lugares públicos.

 

Fuente: El Liberal (Santiago del Estero)

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