Decreto 1169/2018 República Argentina
ARTÍCULO 1°….La OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS tendrá nivel de Subsecretaría y……….
ARTÍCULO 14.- Derógase el Decreto N° 1724/93.
ARTÍCULO 15.- DISPOSICIÓN TRANSITORIA. stablécese que hasta tanto la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en ejercicio del Objetivo 8 de dicha Oficina Nacional, previsto en la Planilla Anexa al artículo 11 de la presente medida, dicte el nuevo reglamento que rija el funcionamiento del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas creado por el artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, continuará vigente el Reglamento del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, que como Anexo I forma parte integrante del Decreto N° 1724/93.
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Fuente: BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA
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