La Nación dejó sin efecto la obra del ramal C-15
Licitada y adjudicada en 2015, se preveía que la obra se hiciera en un lapso de 3 años. 60 millones de dólares se habían previsto para la obra de reactivación del ferrocarril.
El Ministerio de transporte de la Nación, mediante resolución N°1033/2018 de noviembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial, dejó sin efecto la licitación pública internacional para la “Rehabilitación del ramal C15”, correspondiente al tramo que va desde la estación de la localidad de Embarcación hasta la estación Pocitos, en Salvador Mazza.
Mediante resolución N° 1048/2018 del Ministerio de Transporte de la Nación, (también publicado en el Boletín Oficial) estableció que debe notificarse de la nueva medida a las empresas Noroeste Construcciones, Lemiro Pietrobini, S.A., Benito Roggio e Hijos S.A.; Vial Agro S.A., entre otras empresas que habían sido oferentes de la obra presupuestada en 60 millones de dólares.
En los considerandos de la resolución se expresa que “el 1 de abril de 2016 se creó la entonces Unidad Ejecutora Central del Ministerio de Trasnporte, que tenía a su cargo la gestión y ejecución del denominado proyecto de integración ferroviaria argentino-boliviano para el desarrollo económico y regional del ramal C-15, Ferrocarril General Belgrano, así como de los programas y/o proyectos financiados total o parcialmente con fuentes de financiamiento externas, que se desarrollaran en la órbita del citado Ministerio de Transporte de la nación.
La misma refiere que “en el marco de la ejecución del proyecto se llevó a cabo el procedimiento para la contratación de la obra, cuyo objetivo es la construcción de nuevos puentes ferroviarios y el mejoramiento de los existentes, tanto metálicos como de hormigón armado, reparación de alcantarillas y mejoramiento de estaciones y bases de cuadrillas”.
Mediante resolución del 14 de marzo de 2017 se autorizó su publicación, se aprobó el presupuesto estimado y se creó el comité de evaluación de las ofertas que se presentaren con motivo de la licitación mencionada. Con fecha 31 de julio del 2017 se llevó a cabo el acto de apertura pública de ofertas con la presencia de funcionarios y oferentes. El comité de evaluación procedió al análisis de las ofertas presentadas y luego de solicitar las respectivas presentaciones emitió su informe de evaluación de las ofertas el 29 de noviembre de 2017, sobre el que otorgara su “no objeción”.
Pero párrafos más adelante la misma resolución aclara que “La Secretaría de Planificación del mencionado Ministerio manifestó la necesidad del replanteo y el estudio de factibilidad de las obras proyectadas que resultan de suma importancia para la gestión de los fondos disponibles, por lo que solicitó no avanzar con el procedimiento de selección del contratista hasta tanto no se realice el procedimiento de revisión mencionado”.
“Todo intento de modificación de lo previsto en los pliegos de la licitación conlleva a dejar sin efecto el presente procedimiento licitatorio e iniciar uno nuevo en concordancia con las nuevas bases y ante el cambio de pliegos, la actitud de la administración pública debe considerarse similar al supuesto en que la licitación es dejada sin efectos. La decisión de la administración de anular la licitación o el hecho de que sea dejada sin efecto no puede ser cuestionada por los oferentes”.
Fuente: El tribuno
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