Acueducto a Pico Rechazan recurso a Supercemento

Le rechazan recurso y Supercemento va la Justicia

Juan José Reyes – Asesoría Letrada de Gobierno aconsejó rechazar los planteos recursivos de Supercemento y OAS contra el decreto que anuló la licitación que ganaron para construir el acueducto hasta General Pico. Lo mismo hizo con un recurso del ingeniero Lorda vinculado al Megaestadio.

Las empresas Supercemento y Constructora OAS, integrantes de la Unión Transitoria de Empresas que se adjudicó la obra de construcción de la segunda etapa del Acueducto del Río Colorado (ADC) resisten. Sus equipos jurídicos decidieron recurrir el decreto del gobernador Carlos Verna que dejó en suspenso esa licitación luego que el Tribunal de Cuentas de la provincia la considerara viciada. El litigio promete pasar a los estrados judiciales dejando en la incertidumbre el mega proyecto hidráulico.

Algo parecido ocurre con el Megaestadio, aunque en este caso, quien presentó un recurso por vía administrativa fue el ingeniero Roberto Lorda, quien reclama el pago del contrato por la inspección, firmado durante el gobierno de Oscar Mario Jorge, y también suspendido luego por el mandatario actual.

La Asesoría Letrada de Gobierno ya elevó al gobernador los dictámenes en los que recomienda rechazar las presentaciones de la UTE y el ingeniero. Una vez sancionada esa decisión con sendos decretos por parte del Gobierno de La Pampa y publicados en el Boletín Oficial, tanto Supercemento-OAS, como Lorda, tienen otras instancias de reclamo.

Al haberse agotado la vía administrativa, deberán recurrir al Superior Tribunal de Justicia (STJ) en contencioso administrativo para proseguir el litigio. Hasta tienen la posibilidad de ir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación si obtienen un fallo en contrario.

Las presentaciones recursivas son medios de impugnación de actos administrativos por razones de legitimidad u oportunidad, que afectan a las partes.

Un acueducto sin fin.

El mes pasado la ALG tuvo que resolver el Recurso de Reconsideración interpuesto por la UTE conformada por las firmas Supercemento-Constructora OAS contra el Decreto 311/16 que dispuso revocarlo por razones de ilegitimidad. Sucede que del 13 de febrero de 2013 fue suscripto un acuerdo con el entonces gobernador Oscar Mario Jorge y la UTE en momento en que surgieron problemas financieros del “Convenio de Asistencia Técnica, Económica y Financiera del Acueducto del Río Colorado y Obras complementarias al norte de la ciudad de Santa”.

Fue suscripto el 31 marzo de 2009 con el Ente Nacional de Obras Hídricas y Saneamiento. La cláusula cuarta del mencionado Convenio comprometía al Enosha a brindar a La Pampa financiamiento necesario para la ejecución de la obra con carácter de no reintegrable. Para el actual gobierno pampeano el modelo de contrato estaba viciado de nulidad. Dijo que el crédito público que debía financiar parcialmente la obra debía estar autorizado por organismos nacionales de crédito, sin embargo, el mismo se encontraba vencida (también lo dijo el TdeC que objetó los cambios introducidos).

La cadena de vicios motivó la revocación del acto de adjudicación violentando el procedimiento que va desde el acto de adjudicación hasta el perfeccionamiento del contrato, inclusive. El desistimiento de la toma del crédito internacional por parte de Nación -se acotó, en el año 2015- resultó una decisión unilateral.

Por tanto “los considerandos del Decreto 311 fueron claros y contundentes en relación con el valor legal que le propinó a las constancias documentales y actuaciones administrativas generadas con posterioridad a la formalización del contrato de obra pública viciada de nulidad, a los fines de decidir la revocación por ilegitimidad del Decreto 34/13”.

El litigio del Megaestadio.

Otro de los dolores de cabeza que tienen en vilo al partido del gobierno desde hace 11 años, es el referido al Megaestadio. Obra inconclusa por parte de la constructora Inarco que se inició por fallas estructurales en la construcción del techo aún sin solución; un juicio de la arquitecta que lo diseñó y últimamente un recurso interpuesto por un profesional que se lo contrató para la inspección de la obra a fin de poder finalizarla.

Con respecto a esto último, la ALG también rechazo del recurso presentado por el ingeniero Roberto Lorda en el Expediente 12561/09 caratulado como “contratación de un ingeniero idóneo en cálculos estructurales para inspeccionar la obra del Estadio Polideportivo de Santa Rosa”.

La petición aquí no recayó directamente sobre la obra, de hecho paralizada desde hace más de una década, sino en la pretensión del profesional de cobrar un canon y que se le amplíen los plazos para la entrega de la medición final e inventario. Según el órgano consultor, “en nada influye la finalización anormal vía rescisión del Contrato de Obra celebrado por la Provincia con la empresa Inarco SA respecto del Contrato de Inspección con Lorda cuyo plazo de ejecución era de trece meses corridos y/o hasta la finalización de la obra bajo supervisión, tal como alega erróneamente el recurrente a fin de escapar a sus obligaciones como contratista”.

En fin, dos grandes problemas que no serán solucionados en este tipo de actos administrativos, pues quedan recursos en el fuero judicial, ya sea en contencioso administrativo al STJ o eventualmente en la CSJ.

 

 

Fuente: Clarín

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