Ordenanza y Reglamentación del ESOP
Cordoba Capital – La creación del Ente de Obras y Servicios Públicos fue punta de lanza de la agenda del inicio de la segunda gestión del intendente Ramón Mestre al frente del municipio capitalino. Objetivos, controles, el rol del gremio y la postura contraria de parte de la oposición dominan la discusión.
Mestre ya anunció que lo primero que hará el ente será abocarse a la licitación del servicio de recolección de residuos y a la construcción del nudo vial de Plaza España.
¿Qué puede hacer el Esop en la ciudad?
La ordenanza 12.479 indica que el Esop tiene por objeto la “dirección, administración y ejecución del servicio público de higiene urbana”. También tiene a su cargo el “mantenimiento integral del espacio público en forma total o parcial, en toda la ciudad o en zonas de la misma”. Por último, el Esop “tiene a su cargo la ejecución de obras públicas (…) sólo cuando cuente con financiamiento de extraña jurisdicción y el Departamento Ejecutivo lo delegue”. Mestre ya anunció que lo primero que hará el ente será abocarse a la licitación del servicio de recolección de residuos y a la construcción del nudo vial de Plaza España.
¿Con qué personal trabajará?
El Esop puede “evaluar, capacitar, reubicar y ordenar los recursos humanos (…) en la prestación de servicio y obra pública”. El intendente Mestre dijo que además del personal actual, el ente podrá contratar más recursos de manera directa o a través de tercerizaciones. En la reglamentación, el Ejecutivo aclaró que los pase se producirán respetando las condiciones legales vigentes al momento del traspaso”.
¿Quién lo conduce?
La dirección del Esop será ejercida por un directorio integrado por tres miembros: el presidente, con remuneración equivalente a la de secretario municipal, y los restantes miembros, a la de subsecretario. La designación y remoción de los miembros del directorio será efectuada por el Ejecutivo. Por el momento, sólo fue informado el nombre de uno de los tres funcionarios: César Ferreyra, exsecretario de Transporte de la gestión mestrista.
¿Quién y cómo se controlará el ente?
La ordenanza estipula que el Esop está sometido a tres controles: el primero, a través de una auditoría contable “interna y externa independiente”; el segundo, de “legalidad y gestión”, ejercido por el propio municipio, y el tercero, ejercido por el Tribunal Municipal de Cuentas, “de acuerdo con sus facultades”. En el decreto reglamentario, se determinó que el Esop deberá remitir al Tribunal de Cuentas Municipal el balance anual dentro de los 90 días de cerrado el ejercicio.
¿Existen otras experiencias en el país?
Sí. Hay varios modelos de entes autárquicos, aunque ninguno con el abanico de posibilidades que tiene el Esop. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el municipio de Tigre y la ciudad de Mendoza han conformados unidades de gestión específicas. En nuestra provincia, Río Cuarto tiene conformado un ente.
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